Respuesta corta: para abrir una clínica de fisioterapia necesitas el título de fisioterapeuta, estar colegiado, un seguro de responsabilidad civil y la autorización sanitaria de tu comunidad autónoma, que inscribe la consulta como centro sanitario con la unidad U.59 Fisioterapia. Aparte va la licencia o declaración responsable del ayuntamiento. La superficie mínima de la sala, el lavamanos o los protocolos los fija cada comunidad, y cambian bastante de una a otra.
Última revisión: . Contrastado con el texto consolidado del BOE, con los boletines y las sedes electrónicas de las comunidades que se enlazan al final y con el Registro General de Centros del Ministerio de Sanidad. Lo que cambia de una comunidad a otra lo decimos en cada caso.
La fisioterapia es una profesión sanitaria titulada (Ley 44/2003), así que cualquier local donde atiendas pacientes es un centro sanitario y necesita su autorización, aunque trabajes solo. Esta guía va por pasos y se detiene en lo que es propio de la fisioterapia. Lo común a cualquier centro, con la tabla de las diecisiete comunidades, está en la guía de la autorización sanitaria por comunidad autónoma. Y el proceso general, con forma jurídica, seguros y calendario, en cómo abrir una clínica en España.
Los pasos, en orden
Colegiación y seguro, local con uso sanitario, permisos municipales y autorización sanitaria, y al final las altas y la protección de datos. Lo que bloquea la apertura es la autorización de la comunidad.
- Colégiate en el colegio de fisioterapeutas de tu comunidadLa obligación de colegiarse para ejercer figura en las leyes autonómicas que crean cada colegio. Por ejemplo, Ley 9/2001 de Extremadura.
- Contrata el seguro de responsabilidad civilO un aval o garantía equivalente, obligatorio para el profesional y para la clínica si es una empresa. Ley 44/2003, artículo 46.
- Decide qué vas a abrirUna consulta tuya, aunque tengas apoyo de otros, es una consulta de otros profesionales sanitarios (C.2.2). Si juntas varias especialidades, un centro polivalente (C.2.4). Real Decreto 1277/2003, anexo II.
- Busca el local y pregunta al ayuntamiento si admite uso sanitarioAntes de firmar. Comprueba también los metros de la sala y el aseo accesible que pide tu comunidad.
- Tramita la licencia de actividad o la declaración responsableDepende del ayuntamiento. Es independiente de la autorización sanitaria.
- Pide la autorización sanitariaCon obra nueva o reforma sustancial, algunas comunidades piden antes la de instalación. Sin obra, en la mayoría vas directo a la de funcionamiento. Real Decreto 1277/2003, artículo 3.
- Date de alta en Hacienda y en la Seguridad SocialModelo 036 y, si eres autónomo, RETA. La fisioterapia con fin terapéutico está exenta de IVA, pero se factura igual, también los bonos.
- Prepara la protección de datos y la historia clínicaRegistro de actividades, cláusulas informativas, consentimientos para las técnicas que lo requieran y una historia que se conserve al menos cinco años desde el alta. Ley 41/2002, artículo 17. Más en RGPD en clínicas.
- Pon el número de registro en tu publicidadEl distintivo de centro autorizado, visible en la clínica, y el número de registro en tus anuncios y tu web. Real Decreto 1277/2003, artículo 6.
Qué tipo de centro es una clínica de fisioterapia
Si la atención la llevas tú, es una consulta de otros profesionales sanitarios (C.2.2), aunque haya más personas de apoyo. Su oferta asistencial es la U.59 Fisioterapia. Si sumas otras especialidades, como podología o psicología, pasa a ser un centro polivalente (C.2.4).
El Real Decreto 1277/2003 no tiene un tipo de centro propio para la fisioterapia. Lo que la define es la unidad U.59: «unidad asistencial en la que un fisioterapeuta es responsable de realizar funciones y actividades propias de su titulación, con finalidad preventiva, educativa o terapéutica». En el registro oficial se ve cómo se aplica: de 332 consultas C.2.2 de Madrid con «fisio» en el nombre, 331 tienen la U.59 (consulta al REGCESS del 12 de octubre de 2026).
El local: lo que pide cada comunidad
No hay una norma estatal con los metros de una sala de fisioterapia. Los fijan las comunidades, y no coinciden: 8 m² en Aragón y Cataluña, 12 m² en Navarra y 15 m² en Castilla-La Mancha, por citar cuatro que lo publican.
| Comunidad | Qué publica | Norma o ficha |
|---|---|---|
| Cataluña | Trámite propio para consultas de fisioterapia de hasta 100 m²: sala asistencial de 8 m² como mínimo con lavamanos, aseo accesible, protocolos de limpieza, desinfección, esterilización y primeros auxilios, y certificado de delitos sexuales si atiendes a menores | Trámite 20870 |
| Aragón | Salas de exploración y tratamiento de 8 m² como mínimo en todos los centros, también las consultas, con lavamanos de agua fría y caliente y sin secado de manos por aire | Orden SAN/1017/2023 |
| Cantabria | Anexo propio para centros y servicios de fisioterapia, con un director técnico con la titulación oficial en Fisioterapia | Orden SAN/48/2018 |
| Navarra | Área de consulta, exploración y tratamiento de 12 m² como mínimo, con lavamanos | Requisitos de la ficha |
| Castilla-La Mancha | Una sala de 15 m² o dos de 9 m², y cuarto de limpieza, almacén y vestuario si el área de tratamiento pasa de 100 m². Regula también la fisioterapia invasiva, como la punción seca o la electrolisis percutánea | Orden 132/2025 |
| Andalucía | Protocolo de inspección de las unidades de fisioterapia U.59 | Protocolo de la Junta |
Si piensas hacer punción seca u otras técnicas invasivas, pregunta a tu consejería qué protocolos te pedirán: Castilla-La Mancha ya las regula de forma expresa.
Fisioterapia a domicilio
Atender en el domicilio del paciente también es actividad sanitaria, y varias comunidades la autorizan sin exigir un local. Cómo se llama el trámite cambia según la comunidad.
- Madrid: la fisioterapia a domicilio necesita autorización de funcionamiento, pero no de instalación.
- Extremadura: se encaja como otro proveedor sin internamiento (C.2.90) y no pide instalación.
- País Vasco: los servicios de fisioterapia en domicilios se autorizan como «servicios sin instalación» (Decreto 209/2012).
Plazos y tasas que constan en fuentes oficiales
La comunidad tiene entre tres y seis meses para resolver. La tasa solo la publican algunas: estas son las que constan en la ficha oficial del trámite.
| Concepto | Importe o plazo | Fuente |
|---|---|---|
| Plazo máximo para resolver la autorización | De 3 a 6 meses según la comunidad | Tabla por comunidad |
| Tasa de funcionamiento de una consulta sin rayos X ni equipos electromédicos fijos, Madrid | 96,21 € | Ficha del trámite |
| Tasa de autorización de una consulta de fisioterapia, Cataluña | 213,35 €, que se ingresan al Col·legi de Fisioterapeutes | Ficha del trámite |
| Tasa de instalación de una consulta, País Vasco | 352,27 € | Ficha del trámite |
| Tasa de creación y funcionamiento de un centro sin internamiento, Navarra | 150,00 € | Ficha del trámite |
| Camillas, electroterapia y obra | No hay fuente oficial | Depende del local y del equipamiento |
Preguntas frecuentes
Sí. Una consulta de un solo fisioterapeuta es un centro sanitario (C.2.2) y necesita la autorización de funcionamiento de su comunidad antes de atender. En Galicia, los centros de un único profesional se autorizan, por regla general, con comprobación documental y declaración responsable, sin visita previa de inspección; en Ceuta y Melilla, las consultas con equipamiento simple van por comunicación.
Depende de la comunidad. Aragón y Cataluña piden 8 m² con lavamanos, Navarra 12 m² y Castilla-La Mancha 15 m², o dos salas de 9 m². No hay una cifra estatal.
Sí, pero también necesita autorización. Madrid pide la de funcionamiento sin instalación, Extremadura la encaja como proveedor sin internamiento y el País Vasco como servicio sin instalación. Pregunta en tu consejería cómo lo tramita.
Necesita autorización si en él se presta fisioterapia, es decir, si un fisioterapeuta trata a pacientes con finalidad preventiva o terapéutica. Si allí no se presta asistencia sanitaria, no es un centro sanitario, pero tampoco puede ofrecer fisioterapia, que es una profesión sanitaria titulada (Ley 44/2003).
La fisioterapia con finalidad terapéutica está exenta por el artículo 20.Uno.3.º de la Ley 37/1992. Los servicios sin esa finalidad, como un masaje de bienestar o la venta de productos, llevan IVA. Los casos dudosos, como el pilates, los explicamos en ¿Lleva IVA una consulta?
Entre tres y seis meses como máximo, según la comunidad. Si vence el plazo sin respuesta, en la mayoría el silencio es negativo. La guía de autorización sanitaria tiene el plazo y el silencio de cada una.
Fuentes
- Real Decreto 1277/2003: artículos 3 y 6, anexo I (C.2.2, C.2.4 y C.2.90) y anexo II (U.59).
- Ley 44/2003, de ordenación de las profesiones sanitarias: artículos 2, 7.2.b y 46.
- Ley 9/2001 de Extremadura, de creación del Colegio de Fisioterapeutas, como ejemplo de colegiación obligatoria.
- Ley 41/2002, de autonomía del paciente, artículo 17.
- Orden 132/2025 de Castilla-La Mancha, requisitos técnico-sanitarios de los centros y servicios de fisioterapia (DOCM de 24/09/2025).
- Generalitat de Catalunya: autorización de consultas de fisioterapia.
- Registro General de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios (REGCESS), consulta del 12/10/2026.
- Requisitos de Navarra, Madrid, Extremadura, Galicia, País Vasco, Ceuta y Melilla: fichas y decretos oficiales enlazados en la tabla por comunidad.
Aviso: este artículo es divulgativo y recoge la normativa a 12 de octubre de 2026. Los requisitos del local, la tasa y el procedimiento los fija cada comunidad autónoma: antes de firmar un local o presentar la solicitud, confírmalos con tu consejería y con tu colegio profesional.